Adjunto remitimos Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 2021 por el que se establecen medidas temporales y excepcionales en el ámbito de la actividad de determinados establecimientos en función del nivel de alerta sanitaria de la isla donde estén radicados como a medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 y el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de diciembre de 2021 por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria a aplicar en cada una de las islas y se modifica puntualmente el Plan de Medidas de Prevención, Contención y Coordinación Frente a la COVID-19, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2021

Igualmente, le adjuntamos dos documentos de FAQS actualizados a día de hoy para clarificar la normativa (uno para la isla de Menorca, y el otro por las islas de Mallorca, Ibiza y Formentera).

FAQS XXVIII_MEFAQS XXVIII_MA_EI_FOR       BOIB  12362    12311  BOIB

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